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obstáculos legales

Durante los primeros años de dictadura La Ley de Seguridad Interior del Estado introdujo nuevos delitos por violación a la Ley de Prensa y aumentó las penas. El Decreto Nº 1281 dio a los Jefes de Plaza la facultad de "suspender la impresión, distribución y venta, hasta por seis ediciones, de diarios, revistas, folletos e impresos en general, y las transmisiones, hasta por seis días, de las radiodifusoras, canales de televisión o de cualquier otro medio análogo de información que emitan opiniones, noticias o comunicaciones tendientes a crear alarma o disgusto en la población, desfiguren la verdadera dimensión de los hechos, sean manifiestamente falsas o contravengan las instrucciones que se les impartiera por razones de orden interno".

Dependiente de la Secretaría General de Gobierno, la DINACOS (Dirección Nacional de Informaciones) era el organismo encargado de censurar y regular los medios de comunicación. Su misión era revisar e intervenir contenidos de prensa escrita y radial, dando la pauta de lo que se podía informar y dentro de que parámetros se podía debatir sobre cualquier tema de alcance político, logrando así la autocensura de los propios medios. Periódicamente directores y editores eran citados a sus oficinas, ubicadas en el Edificio Diego Portales.

La Constitución de 1980, tanto en sus artículos transitorios como permanentes, establece límites claros respecto de la libertad de expresión, la protección de la honra de las personas y los atentados contra la paz interior. En el ámbito gremial el Consejo Nacional del Colegio

de Periodistas, junto con la Asociación Nacional de Prensa y la Asociación de Radiodifusoras de Chile intentaron entrar en el debate sobre la Comisión Ortúzar, encargada de formular el anteproyecto sobre el Estatuto Jurídico de los Medios de Comunicación para la futura carta fundamental.

Entrada la década los periodistas salieron a la calle a marchar por el derecho a la libertad de expresión siendo reprimidos por las fuerzas policiales, junto con las movilizaciones callejeras, paralizaban actividades por 5 a 10 minutos, entregaban comunicados y realizaban seminarios internacionales.

En marzo de 1984 el Decreto Exento Nº 4559 estableció la prohibición de informar sobre las jornadas de protestas que se viven en el país. La ley 18.313, del 17 de mayo, reformó la Ley de Abusos de Publicidad y aumentó la penalidad de los delitos de injurias y calumnias.

En septiembre del mismo año, a través del Bando Nº 15, los medios de oposición Análisis, Cauce, APSI y Fortín Mapocho reciben la orden de no publicar fotografías e informar sobre las "protestas en páginas interiores", medida tomada frente a la publicación de gran cantidad de imágenes de las masas protestando y de la violenta represión militar y policial recibida, estas fueron reemplazadas por lunares, cruces, cuadros blancos y huellas digitales hasta que el gobierno autorizó su uso por pocos días declarando el Estado de Sitio el 6 de noviembre, siete medios fueron clausurados, mientras Hoy cayó bajo censura previa, la situación se mantuvo hasta marzo de 1985.

El 7 de septiembre de 1986 el atentado a Augusto Pinochet significó la requisición de ejemplares y un nuevo Estado de Sitio, concretándose un nuevo cierre para los medios de oposición; su levantamiento coincidió con los preparativos de la visita de Juan Pablo II en 1987.

Durante los últimos años de dictadura varios periodistas críticos del gobierno fueron enjuiciados por ofensas a la autoridad, a las Fuerzas Armadas y por alterar el orden público y la seguridad nacional.